contabilidad compras equipos informáticos y los pagadas en 1 año

En las compañías es común la adquisición de programa o licencias de empleo de programa para su operación día tras día, en este sentido dado a que las licencias tienen la posibilidad de tener un coste no material y necesitan una actualización de forma anual, su coste es enviado de forma directa al gasto, pero, ¿cuál es el régimen preciso, gasto o inversión? la Renta (LISR), a este respecto, con lo que suponemos esencial determinar que es un programa y una licencia de empleo de programa. Programa: grupo de programas de balance, normas y reglas informáticas, que pertenecen a las operaciones de un sistema de computación. Otra definición de de qué forma se conoce en el programa: en el sistema formal de un sistema informático, que entiende el grupo de los elementos lógicos precisos que vuelve posible la realización de tareas concretas, en contraposición a los elementos físicos que son llamados hardware. La interacción entre el programa y el hardware hace operativo un computador (u otro dispositivo), o sea, el programa manda normas que el hardware ejecuta, realizando viable su desempeño. Licencia de programa: es un contrato entre el licenciante (creador/titular de los derechos de explotación/distribución) y el licenciatario (usuario cliente, profesional o compañía) del programa informático, para usarlo cumpliendo una sucesión de términos y condiciones establecidas en sus cláusulas, o sea, es un grupo de privilegios que un creador puede dar a un usuario en el que tiene la oportunidad de repartir, utilizar o cambiar el producto bajo una licencia cierta. Además de esto, acostumbran a definirse los plazos de duración, el territorio en el que se aplica la licencia (en tanto que la licencia se aguanta en las leyes particulares de cada país o zona), entre otros muchos. Las licencias de programa tienen la posibilidad de entablar entre otras muchas cosas: la cesión de ciertos derechos del dueño al usuario final sobre una o múltiples copias del programa informático, los límites en la compromiso por errores, el período de cesión de los derechos, el campo geográfico de validez del contrato e inclusive tienen la posibilidad de detallar ciertos compromisos del usuario final hacia el dueño, así como la no cesión del programa a terceros o la no reinstalación del programa en equipos diferentes al que se instaló inicialmente. En este momento que tenemos la posibilidad de distinguir las diferencias entre Programa y Licencias de empleo de programa, observemos que nos señala la NIF acertado registro contable.NIF C-8 Activos IntangiblesDefinición de Activo Intangible: «Son activos no monetarios reconocibles, sin substancia física, que producirán provecho económicos futuros controlados por la entidad» La NIF relata que hay 2 especificaciones primordiales para detectar estos activos: «a) Representan costos que se incurren o derechos o permisos que se consiguen, con la intención de que aporten provecho económicos concretos a las operaciones de la entidad a lo largo de periodos que se alargan alén de aquel en que fueron incurridos o comprados. Las ventajas que aportan son en el sentido de dejar que estas operaciones reduzcan costos o aumenten los capital futuros; yb) Las ventajas futuros que la entidad espera conseguir están muchas veces representados, en el presente, de manera intangible a través de un bien de naturaleza incorpórea, o sea, que no posee una composición material ni aportan una contribución física a la producción u operación de la entidad. Visto que carezcan de peculiaridades físicas no impide que se les logre estimar como activos válidos, en tanto que su característica de activos se les da el concepto económico, mucho más que su vida material concreta». La NIF asimismo nos hace mención a los elementos propios de la definición de los activos intangibles: «Los elementos propios en la definición de un activo intangible, así sea generado desde adentro o conseguido son»: a.ha de ser identificable, esto es, se puede dividir o dividir por la entidad para venderse, trasferirse, etcétera. modo la erogación realizada debe considerarse como un gasto de acuerdo se devenga. «Reanudando nuestro ejemplo sobre la adquisición de programa contables y licencias de empleo de programa, la NIF da una guía para la app de la regla, en atención al ejemplo nos señala lo siguiente: «En el momento en que los programas informáticos no formen parte miembro del aparato, tienen que tratarse como activos intangibles, como la automatización de los procesos contables». licencias del empleo de programa que en ocasiones tienen un coste no material y que tienen la posibilidad de ser por un año, la guía no hace una mención directa con lo que debemos apoyarnos en los elementos de la definición de activos intangibles, (los que ahora se mentaron en parágrafos precedentes) y tenemos la posibilidad de ver que las licencias de empleo de forma anual cumplen todos y cada uno de los elementos de la definición de activo intangible. No obstante, resulta ilógico tener que amortizar por múltiples años una licencia que se actualiza anualmente, apoyándonos en la definición de licencia de empleo de programa, nos señala que comúnmente estas cesiones de derechos son por un período. «La NIF C-8 previamente señalaba la presunción de que la vida útil de un activo intangible no podría sobrepasar de un periodo de veinte años. Esta presunción fué removida para hallar la confluencia con la normativa en todo el mundo», que establece el periodo de amortización del activo intangible: «La suma amortizable de un activo intangible debe asignarse sobre una base sistemática a lo largo de la vida útil querida, a menos que tenga vida indefinida». Desde el criterio fiscal, la Ley del impuesto sobre la renta establece la definición de costos y cargos diferidos y los porcentajes de amortización cada un año como prosigue: Término de inversiones El producto 32 de la LISR contempla en el término de inversiones los costos y cargos diferidos, tal como su definición: Se piensan inversiones los activos fijos, los costos y cargos diferidos y las erogaciones efectuadas en periodos preoperativos, de conformidad con los próximos conceptos: Costos Diferidos, son los activos intangibles representados por recursos o derechos que dejen achicar costos de operación, prosperar la calidad o aceptación de un producto, usar, gozar o explotar un bien, por un periodo con limite, inferior a la duración de la actividad de la persona ética. Asimismo se piensan costos diferidos los activos intangibles que dejen la explotación de recursos de dominio público o la prestación de un servicio público concesionado. dominio público oa la prestación de un servicio público concesionado, pero cuyo beneficio sea por un periodo sin limites que va a depender de la duración de la actividad de la persona ética. El producto 33 de la LISR establece en la fracción I y III una amortización de forma anual de un 5% para cargos diferidos y 15% para regalías, para asistencia técnica, de esta forma para otros costos diferidos, respectivamente. último parágrafo del producto 33 relata que caso de que el beneficio de las inversiones a que mencionan las fracciones II y III de este producto se concrete en exactamente el mismo ejercicio en que se efectuó la erogación, la deducción puede realizarse completamente en este o ejercicio. En atención a los pagos por término de licencias de empleo de Programa, se consideran como regalías ya que el programa forma un derecho de creador, en razón de que, el producto 15 B del Código Fiscal de la Federación dispone que: piensan regalías , entre otros muchos, la utilización o disfrute temporal de derechos de creador sobre proyectos científicas incluye la de los programas o conjuntos de normas para ordenadores requeridos para los procesos operacionales o para hacer tareas de app con independencia del medio por el que se transmitan. El producto 36 de la LISR en la fracción VII establece que tratándose de regalías, se va a poder llevar a cabo la deducción en los términos de la fracción III del producto 33 de la LISR, únicamente en el momento en que estas hayan sido ciertamente pagadas. , según con la Regla de Información Financiera NIF C-8 tanto los softwares como las licencias de empleo con independencia del valor, son activos intangibles, los que tienen que amortizarse según con la vida útil. Para efectos de la Ley del impuesto sobre la renta son costos y/o cargos diferidos según su definición y tienen que amortizarse según los porcentajes establecidos del 5% y 15%, según coloque . En lo que se refiere a las licencias de empleo de programa cada un año, según lo preparado en la NIF C-8 se amortizará según con su historia útil y según el último parágrafo del producto 33 de la LISR puede deducirse completamente en el ejercicio en que se efectúa su erogación mientras que el beneficio se concrete en exactamente el mismo ejercicio, y únicamente en el momento en que estas hayan sido pagadas, según lo establece el producto 36 de la LISR fracción VII. Finalmente es esencial destacar la necesidad de comprobar las condiciones establecidos de la adquisición de programa o licencias de empleo de exactamente los mismos, en tanto que son las que marcan la pauta para el registro contable conveniente y el régimen fiscal.

Caso práctico

La compañía Textiles del Perú S.A.C. consigue 02 ordenadores Hp intel core i5 y una portátil Hp intel core i7 que van a ser usadas en el área administrativa de la compañía, el aspecto de la factura es el próximo:

  • 02 ordenadores: cada una a s / 2,500.00 mucho más IGV.
  • 01 portátil: s/ 3,500.00 mucho más IGV.

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