En la contabilidad de una compañía o de un autónomo, sobresalen los comprobantes y justificantes de pago que, si no se emplea una solución de administración de costos automatizada, se agolpan encima de la mesa aguardando a la declaración de la renta oa final de mes para su inclusión en el papel de costos. Y si bien logre parecer un trabajo duro o pesado, es indispensable almacenar todos y cada uno de los justificantes de pago, ya que son un pilar de la contabilidad de la compañía.
Un justificante de pago asiste para probar frente a la administración pública o los directivos de la compañía las transferencias que se hicieron con el dinero. La función de los justificantes es documentar que todas y cada una de las ocupaciones de la compañía se realizaron de manera transparente y son comprobables. Además de esto, caso de que permanezca algún fallo en el fluído de caja de la compañía, estos recibos o comprobantes son imprescindibles para solventarlos.
Delitos y desenlaces
Las clases de delitos que tienen la posibilidad de cometer los gobernantes son estafa, hurto, ingreso ilícito a sistemas y cohecho. Mientras que, el delito en el que tienen la posibilidad de incurrir los impositores es la constitución de compañías espectro para emular operaciones.
Según el SAT, el combate a la corrupción permitió eliminar prácticas a través de las que personas impositores y personas servidoras públicas cometen delitos para omitir o eludir impuestos.
En las compañías hay que ofrecer un régimen particular a los costos de representación que se dan a los ayudantes, ¿cuál es el rastreo fiscal que se les debe ofrecer?, ¿es un ingreso?, ¿se calculan impuestos? El día de hoy examinamos todos y cada uno de los datos.
En el día a día de los negocios (personas físicas) ahora las compañías, al tener que viajar para anunciar nuestros servicios o modelos, en una gran parte de las oportunidades, los elementos son entregados con cheque o a través de transferencia de forma directa a la cuenta de los usados, para el trabajador. ¿Qué implicaciones tienen estas proporciones? ¿Deberemos calcular impuestos y considerarlos como una parte de sus capital?
Sobre esto, la Ley de impuesto sobre las rentas (LISR) señala que: “no se va a pagar el impuesto sobre la renta (ISR), por la obtención de capital que vienen de los viáticos, en el momento en que sean ciertamente erogados en servicio del patrón y se verifique esta situación con los comprobantes fiscales que corresponden”.