Estos plazos de prescripción comenzarían a contar desde el último día del período voluntario para la presentación de la liquidación o declaración pertinente, en la situacion de las infracciones fiscales y desde exactamente el mismo instante de cometerse la infracción al resto de teóricos.
No obstante quedarnos sencillamente con estos plazos sería muy descabellado, debiendo adecuarnos a las distintas operaciones y más que nada a las obligaciones que logren aparecer a consecuencia de exactamente los mismos. A este respecto, como ejemplos de documentación que vamos a deber preservar a lo largo de mucho más tiempo tenemos la posibilidad de ver:
All Safe, la mejor solución para la destrucción de libros de contabilidad
Indudablemente en muchas compañías y negocios prosiguen preservando alguna compilación de libros. Si bien es esencial preservarlos en el transcurso de un período de 6 años, después es requisito decantarse por su destrucción para asegurar la total confidencialidad de los datos y posterior reciclaje. En All Safe nos encontramos concienciados sobre nuestras responsabilidades y la relevancia de eliminar datos de manera segura expidiendo el certificado pertinente. Si quiere mucho más información contacte con nosotros por teléfono o correo electrónico y le asistiremos a hallar la solución que mucho más se ajuste a sus pretensiones.
Almacena de documentos de compañía
- Documentos contables. – Los libros de comercio, como libro períodico, de inventario, cuentas cada un año, reportes de auditoría, del gestor, tienen que preservarse a lo largo de 6 años, según el art. 30 del Código de comercio, a contar desde el último taburete efectuado. Aun tras la disolución y liquidación societaria.
- Documentos Societarios. – Las escrituras, libros registro de actas de la Junta y del Consejo, libro registro de los asociados, de contratos con el colega único y otros contratos de carácter privado. Aconsejamos preservar todo a lo largo de la vida de la compañía y cuando menos 6 años mucho más tras su disolución y liquidación.
Relación entre los documentos contables y las reglas mercantiles y tributarias
Si se lee el Código de Comercio, se puede observar que este establece como directriz que los hombres de negocios tienen que preservar los documentos contables, tal como la correo, documentación y los justificantes correspondientes al negocio, a lo largo de los próximos 6 años desde el último registro.
Pero, si bien no lo demande la ley, es muy aconsejable que las compañías asimismo guarden libros oficiales de contabilidad, cuentas cada un año firmadas, contratos en un largo plazo y backups informática de registros contables de manera indefinida.
Material relacionado:
- Libros obligatorios de contabilidad para efectos fiscales
- Conservación de títulos valores para efectos de la contabilidad
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